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Decisión de Almagro sobre Venezuela responde a intereses de EEUU, según expertos

Actualizado a las 02/06/2016 - 09:01
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La decisión del secretario general de la Organización de los Estados Americanos (OEA), Luis Almagro, de invocar la activación de la Carta Democrática Interamericana (CDI) sobre Venezuela responde a "intereses imperiales" de Estados Unidos, dijo hoy el analista Tony Boza.

En entrevista concedida a Xinhua, Boza, escritor y economista de la Universidad del Zulia, dijo que Almagro "no está actuando por voluntad propia", sino que obedece a "un guión recurrente" en la historia de la relación de Estados Unidos con los países latinoamericanos.

"No es Almagro quien está actuando contra Venezuela, es el Departamento de Estado estadounidense, el presidente (Barack) Obama, quien este a?o reactivó el decreto de que Venezuela representa una amenaza para su país", manifestó.

El presidente de Venezuela, Nicolás Maduro, tras repudiar la cita a una "sesión urgente" del Consejo Permanente de los Estados miembros del organismo del 10 al 20 de junio, afirmó que se está "pidiendo que se intervenga Venezuela desde el exterior (...) para permitir una intervención gringa (de Estados Unidos)".

"El secretario general de la OEA amenaza con intervenir al país. En las calles de América Latina vamos a dar la batalla por Venezuela, la independencia y la paz, por el derecho a vivir con igualdad", enfatizó el jefe de Estado durante una concentración en la ciudad capitalina de Caracas.

Tony Boza sostuvo que se pretende utilizar una instancia supranacional, que fue creada con otros fines, para violentar la soberanía de las naciones.

Agregó que lo que se busca es activar la CDI a Venezuela, "aprovechando toda la fortaleza que tiene (la derecha) en el plano internacional de las comunicaciones".

A su vez, el gobierno de Venezuela denunció que el representante del organismo hemisférico ha "vulnerado" el ordenamiento legal y constitucional de Venezuela, "autoconfiriéndose poderes supranacionales" y violando el artículo 18 de la CDI.

La Carta Democrática establece en su artículo 18 que se necesita el consentimiento previo del gobierno afectado para disponer visitas y otras gestiones en caso de que se produzcan situaciones que pudieran afectar el desarrollo del proceso político e institucional democrático en una nación miembro.

"Venezuela denuncia la actuación fuera de su competencia con extralimitación de funciones y abuso de poder del se?or Luis Almagro como secretario general de la OEA (...), contraria a los principios y propósitos establecidos en la carta de esta organización", se?aló la cancillería de Venezuela en un comunicado.

El artículo 20 de la CDI establece que "en caso de que en un Estado Miembro se produzca una alteración del orden constitucional que afecte gravemente su orden democrático, cualquier Estado Miembro o el secretario general podrá solicitar la convocatoria inmediata del Consejo Permanente" para realizar apreciación colectiva.

Pese a ello, para algunos analistas no es procedente que Almagro haya solicitado la sesión con los 34 países que integran el organismo multilateral, debido a que en Venezuela "no existe ninguna alteración en el orden democrático, ni una crisis humanitaria".

"Venezuela no tiene una crisis humanitaria, Venezuela sufre una propaganda permanente sobre su economía, sobre su vida diaria, donde se colocan situaciones que son magnificadas con el objeto de crear condiciones subjetivas", explicó Tony Boza.

Al respecto, la canciller venezolana Delcy Rodríguez defendió que no existe una "ruptura del orden constitucional" en su país, por lo tanto rechazó la aplicabilidad de la CDI, al tiempo que aclaró que ésta "no tiene dimensión punitiva sobre los Estados, es un eufemismo".

"Sin embargo, nos lleva a una situación peligrosa porque después de los falsos supuestos o falsos positivos, que vienen acompa?ados de dimensiones mediáticas incontenibles, sabemos que lo que viene es una intervención y lo digo con responsabilidad", aseveró Rodríguez.

En tanto, la constitucionalista Olga Alvarez, en su artículo "El abuso de poder de Luis Almagro y la ruptura del Orden Institucional Interamericano", aseveró que se "ha incurrido en un 'falso supuesto' desnaturalizando la normativa interamericana".

Alvarez consideró que el titular de la OEA "ha evidenciado en sus misivas una clara subordinación a autoridades ajenas a la organización, entre ellas la Asamblea Nacional (AN, Congreso) venezolana, violando con su conducta el artículo 118" de la carta del organismo.

El artículo 118 de la Carta de la OEA dice "en cumplimiento de sus deberes, el secretario general y el personal de la Secretaría no solicitarán ni recibirán instrucciones de ningún gobierno ni de ninguna autoridad ajena a la organización, y se abstendrán de actuar en forma alguna que se incompatible con su condición de funcionarios internacionales responsables únicamente ante la organización".

Ante este contexto, la constitucionalista se?aló que la "conducta desestabilizadora, temeraria y en evidente abuso de poder del secretario general deberá acarrearle la merecida destitución como funcionario de la OEA, con el voto de las dos terceras partes de los miembros de la Asamblea General, como establece el artículo 116 de la Carta de la OEA".

Al igual que Tony Boza, Alvarez dijo que Almagro "fundamenta su actuación en una falsa 'alteración del orden constitucional" venezolano, por tanto, lo que en realidad ocurre, es que su conducta "nada ética y fuera del límite de sus atribuciones ha generado una alteración del orden Institucional de la OEA".

Ya anunciada la decisión por el ex canciller uruguayo Luis Almagro (2010-2015) de invocar la activación de la CDI en Venezuela, se espera que entre del 10 al 20 de junio se lleve a cabo la Sesión Permanente en la que participarán los 34 estados miembros de la OEA.

De acuerdo con lo que establece la CDI, en este proceso el Consejo Permanente podrá "disponer de gestiones diplomáticas" para promover "la normalización de la institucionalidad democrática" de un país, sin embargo, en caso de resultar infructuosas, se convocará a un periodo extraordinario de sesiones.

El artículo 21 de la CDI a?ade que "cuando la Asamblea General (...) constate que se ha producido la ruptura del orden democrático en un Estado miembro, y que las gestiones diplomáticas han sido infructuosas (...), tomará la decisión de suspender a dicho Estado miembro".

Esto implica que con el "voto afirmativo de los dos tercios de los Estados miembros (23 de 34 naciones)", el país queda suspendido "del ejercicio de su derecho de participación en la OEA (...) y la suspensión entrará en vigor de inmediato".

Los analistas y el gobierno venezolano aseguran que la suspensión de Venezuela de la OEA puede crear las condiciones necesarias para justificar una eventual intervención de carácter militar por parte de cualquier potencia, en especial de Estados Unidos.

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