BRASILIA, 6 mar (Xinhua) -- La mayoría de los ministros de la Quinta Cámara del Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Brasil negó hoy martes la petición de "habeas corpus" preventivo hecho por la defensa del ex presidente brasile?o, Luiz Inácio Lula da Silva, para evitar su arresto.
Los tres primeros magistrados en votar, de un total de cinco, rechazaron la petición.
La defensa hizo la solicitud al STJ al alegar que la eventual prisión del ex mandatario, antes de agotar todos los recursos de apelación, viola la presunción de inocencia.
Lula fue condenado en enero pasado por lavado de dinero y corrupción pasiva en segunda instancia por el Tribunal Regional Federal de la Cuarta Región (TRF-4), que aumentó su pena a 12 a?os y un mes de prisión en régimen cerrado.
La condena se refiere a la acusación de supuestamente recibir un departamento triplex en la ciudad de Guarujá, en el litoral de Sao Paulo, de la constructora OAS, a cambio de favorecer a la empresa en contratos con la petrolera estatal Petrobras.
La defensa niega las acusaciones, en función de que el inmueble permaneció formalmente bajo propiedad de OAS, y afirma que el ex presidente fue condenado sin pruebas.
Los abogados presentaron ante el TRF-4 embargos declaratorios con el fin de aclarar puntos de la decisión, pero al mismo tiempo solicitó al STJ un "habeas corpus" preventivo para descartar la posibilidad de ejecución provisional de la pena de prisión.
El juez Felix Fischer, relator de la operación "Lava Jato" (Autolavado) en el STJ, fue el primero en votar por el rechazo del "habeas corpus" preventivo a Lula.
Fische dijo que no ve ninguna "ilegalidad" en el cumplimiento inmediato de la pena una vez analizados los recursos en segunda instancia.
Según el relator, el STJ entendió que decretar la prisión tras la condena en segunda instancia no hiere el principio de la presunción de inocencia.
Los jueces Jorge Mussi y Reynaldo Fonseca también rechazaron la solicitud de la defensa de Lula.
El abogado Sepúlveda Pertence defendió a Lula en la tribuna y dijo que existe una "falsa presión de órganos importantes de los medios para forzar su condena".
De acuerdo con el defensor, al determinar la ejecución provisional de la pena, la justicia priva al condenado de un derecho fundamental garantizado por la Constitución, que es la presunción de inocencia.
"Lo que se pretende (con el 'habeas corpus') es la reafirmación del principio constitucional básico de la presunción de inocencia, que protege a cualquier ciudadano", explicó.
Pertence dijo que el STJ debe cesar la orden de arresto o suspender los efectos de la decisión del TRF-4 al menos hasta que el Supremo Tribunal Federal (STF) juzgue nuevas acciones que tratan sobre prisión tras condena en segunda instancia, al afirmar que la cuestión "sigue dividiendo la Corte Suprema".