RIO DE JANEIRO, 19 dic (Xinhua) -- El presidente del Supremo Tribunal Federal (STF) de Brasil, José Antonio Dias Toffoli, revocó hoy el fallo del magistrado de la misma corte, Marco Aurelio Mello, que ordenaba liberar a los presos condenados en segunda instancia.
Dias Toffoli aceptó el recurso presentado por la fiscal general, Raquel Dodge, quien solicitó suspender la decisión de Mello, informó la estatal Agencia Brasil.
La suspensión se mantendrá hasta el próximo 10 de abril, cuando el pleno del STF juzgue el tema de forma definitiva.
El fallo dictado hoy más temprano por Mello provocó un terremoto político y judicial en Brasil, ya que suponía la liberación de más de 169.000 presos que fueron condenados en segunda instancia, entre ellos el ex presidente Luiz Inácio Lula da Silva, quien cumple desde abril una pena de 12 a?os y un mes que recibió en segunda instancia por corrupción pasiva y lavado de dinero.
En un documento de ocho páginas, el presidente del STF dijo que la decisión del juez Mello coloca en riesgo el orden público.
"Se teme, por lo tanto, que la admisibilidad de la contracautela presupone, entre otros aspectos legales, la demostración de que el acto impugnado pueda causar una grave lesión al orden, la salud, la seguridad y la economía pública" de Brasil, afirmó Dias Toffoli.
El magistrado también dijo que la decisión de Mello contradice la "decisión soberana" del pleno de la Corte, que en 2016 estableció que los condenados en segunda instancia debían ser presos.
"Es por estas razones, o sea, celoso cuanto a la posibilidad de esta nueva medida que mandata contrariar la decisión soberana ya tomada por la mayoría del Tribunal Pleno, que la Presidencia (del STF) viene a ejercer el poder general de cautela atribuido al Estado-Juez", destacó Dias Toffoli.
Tras conocer el fallo del juez Mello, la fiscal general de Brasil, Raquel Dodge, ingresó un recurso ante el STF para anular la decisión, algo que finalmente fue atendido por el presidente de la Corte Suprema.
La sentencia del juez Mello no suponía sin embargo la liberación de forma inmediata de todos los condenados en segunda instancia, ya que debe ser solicitada por los abogados de los detenidos ante el juez responsable de la condena.
Mello argumentó que debe ser respetado el artículo 283 del Código de Proceso Penal, el cual establece que las prisiones sólo pueden ocurrir después del tránsito en juzgado, es decir, cuando no caben más recursos en el proceso.