El siguiente es el texto íntegro de la Declaración del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República Popular China sobre el Fallo del 12 de Julio de 2016 del Tribunal Arbitral en el Arbitraje del Mar Meridional de China Establecido a Petición de la República de Filipinas emitida hoy martes.
La Declaración del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República Popular China sobre el Fallo del 12 de Julio de 2016 del Tribunal Arbitral en el Arbitraje del Mar Meridional de China Establecido a Petición de la República de Filipinas
Con respecto al fallo entregado el 12 de julio de 2016 por el Tribunal Arbitral en el arbitraje del mar Meridional de China establecido a petición unilateral de la República de Filipinas (en lo sucesivo referido como "Tribunal Arbitral"), el Ministerio de Relaciones Exteriores de la República Popular China declara solemnemente que la sentencia es nula e inválida y no tiene carácter vinculante. China ni acepta ni reconoce el fallo.
1. El 22 de enero de 2013, el gobierno de entonces de la República de Filipinas inició unilateralmente un arbitraje sobre las disputas pertinentes sobre el mar Meridional de China entre China y Filipinas. El 19 de febrero de 2013, el gobierno chino declaró de manera solemne la posición de no aceptar ni participar en ese arbitraje y ha reiterado esta posición en repetidas ocasiones desde entonces. El 7 de diciembre de 2014, el gobierno chino emitió el Informe de Posición del Gobierno de la República Popular China hacia el Asunto de Jurisdicción en el Arbitraje del Mar Meridional de China Iniciado por la República de Filipinas, indicando que la iniciación de Filipinas del arbitraje incumple el acuerdo entre los dos Estados, viola la Convención de la ONU sobre el Derecho del Mar (Unclos, por sus siglas en inglés), y va en contra de la práctica general de los arbitrajes internacionales, y que el Tribunal Arbitral no tiene jurisdicción. El 29 de octubre de 2015, el Tribunal Arbitral dictó un fallo sobre la jurisdicción y admisibilidad. El gobierno chino declaró de inmediato que la sentencia es nula e inválida y no cuenta con carácter vinculante. Las posturas de China son claras y consistentes.
2. La iniciación unilateral del arbitraje por parte de las Filipinas es un acto de mala fe. No tiene como objetivo resolver las disputas pertinentes entre China y las Filipinas, ni mantener la paz y estabilidad en el mar Meridional de China, sino negar la soberanía territorial y los derechos e intereses marítimos de China en el mar Meridional de China. La iniciación de este arbitraje viola la ley internacional. Primero, el objeto del arbitraje iniciado por las Filipinas es en esencia una cuestión de la soberanía territorial sobre algunas islas y arrecifes de Nansha Qundao (las islas Nansha), e inevitablemente concierne y no puede separarse de la delimitación marítima entre China y las Filipinas. Plenamente consciente de que los asuntos territoriales no están sujetos a la Unclos y de que las disputas relacionadas con la demarcación marítima han sido excluidas de los procedimientos de solución de disputas obligatorios de la Unclos por la declaración de China en el a?o 2006, las Filipinas envolvió deliberadamente las disputas pertinentes como meras cuestiones relativas a la interpretación o aplicación de la Unclos. Segundo, la iniciación unilateral del arbitraje de las Filipinas infringe el derecho de China como un Estado miembro de la Unclos a la hora de elegir los procedimientos y canales destinados a resolver las diferencias con su propia voluntad. En 2006, en virtud del Artículo 298 de la Unclos, China excluyó de los procedimientos obligatorios de solución de disputas de la Unclos aquellas relacionadas con la delimitación marítima, bahías o títulos históricos, actividades militares y de aplicación de la ley, entre otros. Tercero, la iniciación unilateral del arbitraje de las Filipinas viola el acuerdo bilateral alcanzado entre China y las Filipinas, y reafirmado repetidamente durante a?os, de resolver las disputas pertinentes en el mar Meridional de China a través de las negociaciones. Cuarto, la iniciación unilateral del arbitraje de las Filipinas viola el compromiso alcanzado por China y los países miembro de la Asociación de Naciones del Sudeste Asiático (ANSEA), incluido las Filipinas, en la Declaración sobre la Conducta de las Partes en el Mar Meridional de China (DOC, por sus siglas en inglés) de 2002 de solucionar las disputas pertinentes a través de las negociaciones por los países directamente involucrados. Al iniciar de forma unilateral el arbitraje, las Filipinas infringe la Unclos y sus provisiones sobre la aplicación de los procedimientos de solución de controversias, el principio de "pacta sunt servanda" y otras reglas y principios de la ley internacional.
3. El Tribunal de Arbitraje ignora el hecho de que la esencia del objeto del arbitraje iniciado por Filipinas es un asunto de soberanía territorial y demarcación marítima, interpreta erróneamente la elección común de los medios de resolución de disputas realizada conjuntamente por China y Filipinas, interpreta erróneamente el efecto legal de los compromisos en la DOC, evita deliberadamente la declaración sobre las excepciones opcionales hecha por China de conformidad con el Artículo 298 de la Unclos, saca selectivamente islas y arrecifes pertinentes del marco macrogeográfico de Nanhai Zhudao (las islas del mar Meridional de China), interpreta y aplica la Unclos de forma subjetiva y especulativa y yerra obviamente al determinar hechos y aplicar la ley. La conducta del Tribunal de Arbitraje y sus veredictos contravienen la práctica general del arbitraje internacional gravemente, se desvían completamente del objeto y del propósito de la Unclos de promover la resolución pacífica de las disputas, perjudican sustancialmente la integridad y autoridad de la Unclos, infringen gravemente los derechos legítimos de China como estado soberano y estado parte de la Unclos y son injustos e ilegales.
4. La soberanía territorial y los derechos e intereses marítimos de China en el mar Meridional de China no deberán verse afectados bajo ninguna circunstancia por estos veredictos. China se opone y nunca aceptará ninguna reclamación o acción en base a este fallo.
5. El gobierno chino reitera que, con respecto a los asuntos territorriales y las disputas de demarcación marítima, China no acepta ninguna forma de solución de disputas de terceras partes o cualquier solución impuesta sobre China. El gobierno chino continuará ateniéndose a la ley internacional y las normas básicas que rigen las relaciones internacionales consagradas en la Carta de las Naciones Unidas, incluidos los principios de respetar la soberanía estatal y la integridad territorial y la solución pacífica de las disputas, y continuará trabajando con los países directamente implicados para resolver las disputas pertinentes en el mar Meridional de China mediante negociaciones y consultas sobre la base de respetar los hechos históricos y de acuerdo con la ley internacional, con el objetivo de mantener la paz y la estabilidad en el mar Meridional de China.