La presidenta Michelle Bachelet dijo hoy que "Chile es un país confiable", al promulgar la nueva ley de inversión extranjera.
En el Palacio de La Moneda, la mandataria explicó que esa norma moderniza la legislación existente, al proveer de mayores garantías a los inversores foráneos y focalizarla en las áreas o regiones que más necesitan de ella.
"Estamos entregando reglas del juego claras y demostrando que Chile es un país confiable", insistió, explicando que tiene cuatro pilares fundamentales que modernizan la actual legislación ofreciendo "oportunidades ventajosas para atraer la inversión".
Uno de ellos es la conformación de un Comité de Ministros que asesorará al jefe de Estado para potenciar las estrategias de inversión.
"La inversión extranjera cumple un rol importante en dinamizar, diversificar y generar valor en nuestra economía", dijo Bachelet, indicando que la normativa que reemplaza al decreto DL 600, el que será eliminado a partir de 2016, permitiendo tener un marco legal más moderno para que el país pase de un rol receptivo de la inversión a uno proactivo.
La presidenta se?aló que la nueva ley junto con establecer reglas de juego claras para los inversionistas, "permitirá tener más y mejor inversión extranjera directa".
Esta normativa fija una política nacional en esta área y, además, de que crea de una Agencia especializada que llevará a la práctica dicha política.
Dicha agencia tendrá por misión implementar la política estatal de modo de atraer el ingreso de todo tipo de capitales e inversiones extranjeras al país, actuando como organismo autorizado para ese efecto y coordinando los esfuerzos de los gobiernos regionales al respecto.
La nueva ley da cumplimiento a la medida N°46 de la Agenda de Productividad, Innovación y Crecimiento, recoge las propuestas de la Comisión Asesora Presidencial conformada en el marco de los compromisos adquiridos por el gobierno durante la tramitación de la Reforma Tributaria.
La ley define al "inversionista extranjero" e "inversión extranjera directa" y estipula, además, el régimen aplicable a dicha inversión.
También reconoce la garantía de acceso al mercado cambiario formal y de remesa del capital y utilidades, la no discriminación arbitraria y la exención del impuesto a las ventas y servicios a las importaciones de bienes de capital.
Además, regula los efectos de los contratos celebrados durante la vigencia del DL 600, de forma de asegurar la plena vigencia de los derechos y deberes que hayan adquirido los inversionistas extranjeros bajo ese régimen legal.
Asimismo, establece un derecho excepcional por cuatro a?os para que los extranjeros puedan solicitar autorizaciones de inversión extranjera en los términos del artículo 3° del DL 600, con los derechos y obligaciones que contempla el precitado decreto ley, pero con invariabilidad tributaria por una tasa total de 44,45 por ciento.